El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la nueva Ley de Amparo y la devolvió al Senado para la eventual ratificación de los cambios. Aquí publicamos el dictamen y proyecto por si es de su interés.
Entre otros aspectos, la nueva Ley de Amparo prevé la posibilidad de promover juicios contra actos u omisiones de autoridad e incluso de particulares, en caso de violación a los derechos consagrados no sólo en la Constitución Política, sino también en los tratados internacionales de los que México es parte.
En concordancia con la reforma constitucional que le dio origen, ésta nueva ley amplía la protección del amparo al “interés legítimo” y no exclusivamente al “interés jurídico”, como lo establece la ley vigente; abriendo la puerta a los amparos de interés difuso en materias como los derechos sociales, ambientales y agrarios.
El proyecto también reglamenta la figura de declaratorias de inconstitucionalidad de carácter general, en beneficio de la colectividad afectada por algún acto violatorio de los derechos constitucionales así como la nueva forma de integrar jurisprudencia mediante los plenos de circuito que habrá de crear el Consejo de la Judicatura Federal.