El martes 1 de marzo de 2018 la Cámara de Diputados dio luz verde a la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech, pa los cuates), que ya había aprobado por el Senado. Ahora toca al Presidente publicarla, lo cuál será un mero trámite pues los muchachos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP, pa’ no decirle Lolita) andan muy ocupados en el tema.

Ya en el Prietito me había ocupado del tema de la cryptomonedas y éste mes coincide con un artículo en el Mundo del Abogado en el que Natalia Robles, Jack Wolff y yo escribimos sobre todo lo que debe saber un abogado sobre Bitcoin.

Para seguir con el tema y, a reserva de echarle un lente más profundo, aquí hay algunos de los puntos más importantes de la nueva Ley Fintech:

¿Qué regula?. La Ley Fintech regula (i) los servicios financieros que van a prestar el nuevo tipo de empresas que van a participar en el mercado de tecnología financiera. Estas van a llamarse instituciones de tecnología financiera (ITFs,) que pueden ser Crowdfunders (la ley les llama instituciones de financiamiento colectivo pero eso es porque los legisladores no mascan bien el inglés) y las tarjetas virtuales tipo PayPal que la ley llama instituciones de fondos de pago electrónico (IFPE), (ii) las cryptomonedas y (iii) los Modelos Novedosos para prestar servicios financieros en formas que hoy no se presten.

¿Quienes echarán lente?. Como si no tuvieran ya suficiente en el plato, las autoridades que se van a encargar de echar a andar la Ley Fintech serán la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CoNBaVa) y el Banco de México (Banxico), aunque la SHCP, el SAT, la CONDUSEF y las burocracias que se acumulen ésta semana también van a meter la cuchara.

¿Y las cryptos ‘apá?. La Ley Fintech las llama activos virtuales y si, vas a poder jugar con estas canicas en el arenero, pero solo con las que le gusten a Banxico porque ellos son los que las van a probar y aprobar.

Los Bancos de ladrillo y las cryptos. Los bancos van a poder operar con cryptomonedas, siempre que Banxico les de permiso y solo respecto de aquellas que el mismo Banxico apruebe.

¿Cómo le hago para ser un ITF?. Necesitas que la ConBaVa te de el si. Para eso vas a necesitar ser una Sociedad anónima y cumplir con ciertos requisitos de capitalización, políticas internas de prevención de lavado de dinero, segregación de cuentas, divulgación de riesgos y operaciones, control de riesgos operativos y seguridad, confidencialidad, procesos operativos y de control de identificación de clientes, solución de conflictos de interés y prevención de fraudes.

Diferencias con bancos y otras entidades. El Gobierno Federal ni sus entidades garantizarán los recursos de los clientes de las ITF.

¿Voy a poder participar en la campaña de crowdfunding para fondear a las monjas tibetanas que tejen chambritas de lana de llama peruano con una aguja de madera?. Si. La ley regula a las Instituciones de Financiamiento Colectivo para que pongan en contacto a personas como tu con el fin de que entre ellas (como inversionistas y solicitantes) se den financiamientos por conductos tecnológicos como apps, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónico o digital.

¿Cómo puedo ser parte del Crowd?. Las operaciones de financiamiento colectivo pueden ser: (i) crowdfunding de deuda donde les prestas una lana a las monjitas, (ii) crowdfunding de capital donde te haces socio de las monjitas y, (iii) crowdfunding de regalías donde vas a recibir una lana por lotes especificas de chambritas.

PayPal, ApplePay, MasterPass y demás Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (IFPE). Las IFPE’s ahora van a necesitar ser autorizadas por la CoNBaVa.

¿Qué podrán hacer las IPFE?. Podrán (i) ayudar a disponer de fondos de pago electrónico, (ii) proporcionar servicios de transmisión de dinero, (iii) prestar servicios relacionados con las redes de medios de disposición, (iv) procesar información de servicios de pago, (v) otorgar préstamos relacionados con las cuentas que manejen, (v) operar cryptos y, (vi) emitir valores.

Soy creativ@, ¿cómo le hago para operar con Modelos Novedosos?. Si no eres una IFT, un banco, una aseguradora, una Afore o una casa de bolsa y se te ocurre una nueva forma de prestar servicios financieros, vas a necesitar que la ConBaVa, la ConSar, la Comisión de Seguros y Fianzas o alguno de ellos te de una autorización de Modelo Novedoso para prestar servicios financieros utilizando herramientas o medios tecnológicos con modalidades distintas a las existentes en el mercado. La autorización es temporal y tendrá una duración acorde a los servicios que se pretenden prestar y será otorgada por la autoridad financiera a la que le toque supervisar el tema.

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